El Tribunal Supremo confirma la sentencia a favor de Musaat

El órgano judicial inadmite los recursos de Caser, Scor y Asefa, confirmando las condenas a estas compañías por actos de boicot y retorsión a Musaat.

El Tribunal Supremo pone fin al conocido caso Musaat. El órgano judicial confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 3 de julio de 2017 que condenaba a Caser, Scor y Asefa por actos de boicot y retorsión frente a Musaat, esta última representada en este caso por la firma internacional de abogados Bird & Bird. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal presentados por las tres compañías, por lo que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid es ahora firme.

De esta forma, las mencionadas compañías han abonado casi cuatro millones de euros a Musaat por los daños y perjuicios causados.

"La decisión del Supremo pone fin a este apasionante caso con una complejidad procesal realmente destacable, confirmando la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que condenaba a estas compañías por sus comportamientos de boicot y retorsión a Musaat", explica Antonio Cueto, Socio de Propiedad Industrial e Intelectual y Litigación en Bird & Bird y letrado director de Musaat en este asunto, añadiendo: “Este caso sienta un precedente muy importante en el ámbito del derecho de la competencia en cuanto a reclamaciones de daños y perjuicios por ilícitos antitrust. A la vez, la sentencia realiza interesantes pronunciamientos sobre la prescripción de las acciones, la práctica de prueba en segunda instancia, el efecto vinculante o no de las resoluciones judiciales emanadas de órganos de otro orden jurisdiccional, la prueba de daños y perjuicios en este tipo de acciones o la valoración de los informes periciales presentados por las partes".

El caso se inició en enero del año 2012 con la demandada interpuesta por Musaat frente a Caser, Scor y Asefa, que tenía por objeto la reclamación de los daños y perjuicios causados a Musaat por actos de retorsión y boicot realizados por las demandadas. Estos actos, llevados a cabo entre finales del año 2006 y principios del 2008, respondían a la comercialización por Musaat de un seguro decenal de daños a la edificación a precios más bajos a los precios mínimos pactados por un cartel anticompetitivo, que fue sancionado por la Resolución de la CNMC de 12 de noviembre de 2009.

Las compañías Asefa, Scor y Caser, entre otras, interpusieron recursos contencioso-administrativos contra dicha resolución que fueron estimados por la Audiencia Nacional anulando la Resolución de la CNMC. Estas sentencias se dictaron durante la tramitación del procedimiento civil ante el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, lo que supuso un hecho de indudable relevancia y un cambio de estrategia procesal de Musaat. El procedimiento que se seguía ante el Juzgado de lo Mercantil fue finalmente resuelto mediante sentencia en febrero de 2014 estimando parcialmente la demanda de Musaat, declarando que los actos llevados a cabo por las demandadas constituían actos de boicot y retorsión y condenando a las demandadas al pago de daños y perjuicios.

La sentencia fue recurrida por las demandadas ante la Audiencia Provincial de Madrid y, en paralelo a este procedimiento civil, fueron recurridas en casación por la Abogacía del Estado las sentencias de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo. Un hecho relevante que se produjo durante la tramitación de estos recursos fue que, por primera vez en este tipo de acciones en España, la Comisión Europea se personó apoyando que fueran casadas las sentencias de la Audiencia Nacional usando la figura del amicus curiae. El Supremo casó las sentencias dictadas por la Audiencia Nacional, consiguiendo la rehabilitación de la Resolución de la CNMC de 12 de noviembre de 2009. Por su parte, la Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia resolviendo los tres recursos en el sentido de mantener la sentencia anterior del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, pero reduciendo la cuantía del daño.

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