El MITECO aprueba nuevas ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético

Escrito por

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Coral Yáñez

Managing Partner
España

Soy Socia Directora y responsable del equipo de Regulatorio y Administrativo de la oficina de Madrid de Bird & Bird.

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José de Santiago Forn

Partner
España

Soy socio del departamento de M&A y Energía en la oficina de Madrid.

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Elvira Santonja

Associate
España

Soy asociada en el Departamento de Regulatorio & Derecho Público de Bird & Bird en la oficina de Madrid.

El pasado 29 de mayo se publicaba en el BOE la Orden TED/535/2025, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético (la “Orden TED/535/2025”). Simultáneamente, el IDAE aprobó la primera convocatoria de subvenciones a proyectos innovadores de almacenamiento sobre la base de la Orden TED 535/2025, mediante Resolución de 29 de mayo de 2025, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético cofinanciada con Fondos FEDER 21-27 (la “Convocatoria”).

A continuación, ofrecemos un resumen de los aspectos esenciales de la Convocatoria y la Orden TED/535/2025:

  • Proyectos subvencionables: podrán beneficiarse de estas subvenciones (i) los proyectos de almacenamiento de energía independientes stand alone (potencia mínima 1 Mw), (ii) los proyectos de almacenamiento mediante bombeo hidroeléctrico (potencia mínima 1 Mw), (iii) los proyectos de almacenamiento térmicos independientes y (iv), los proyectos de almacenamiento hibridado (con potencia mínima de 1 Mw).
  • Plazo de solicitud: actualmente, la Convocatoria está abierta a la presentación de solicitudes hasta el 15 de julio.
  • Presupuesto de la Convocatoria: el presupuesto de la Convocatoria asciende a 699.757.316 €. Este presupuesto se divide entre las Comunidades Autónomas (CCAAs) que se clasifican como “más desarrolladas” (Cataluña o Madrid), en “Transición” (Asturias y Castilla León) o “menos desarrolladas” (Andalucía o Castilla La Mancha), en función de los criterios socioeconómicos establecidos por la Unión Europea.

    De esta forma, se asigna un presupuesto mayor a las CCAAs clasificadas como “menos desarrolladas” o en “Transición” al considerar que resulta prioritario el desarrollo del almacenamiento en estas zonas.

  • Costes subvencionables e intensidad de las ayudas: el porcentaje máximo de intensidad de las ayudas varía entre el 40 % para las CCAAs más desarrolladas, el 60 % para las CCAAs en Transición y el 85 % para aquellas menos desarrolladas. Este porcentaje se aplicará sobre los costes subvencionables, tales como los costes derivados de obra civil, los sistemas de almacenamiento, los equipos y sistemas auxiliares.
  • Criterios de valoración: entre otros criterios, se premia a aquellos proyectos que presenten un grado de madurez administrativa mayor, otorgando hasta 3 puntos a aquellos proyectos que hayan obtenido la Autorización Administrativa Previa y la Declaración de Impacto Ambiental.

    El cumplimiento de estos criterios se dificulta, especialmente para los proyectos stand alone, en la medida en que, pese al esfuerzo de la Administración los últimos años, el marco regulatorio aún no está del todo desarrollado y deja sin resolver algunas cuestiones clave sobre los procedimientos de autorización de estas instalaciones.

    A su vez, la Convocatoria también establece como criterio de valoración el “grado de innovación y carácter demostrativo” de los proyectos, estableciendo criterios específicos y determinados para su valoración. El establecimiento de criterios objetivos supone una mejora en términos regulatorios respecto a las pasadas convocatorias de ayudas al almacenamiento.

  • Plazo de ejecución de las actuaciones: los beneficiarios de las subvenciones tendrán un plazo de hasta 36 meses desde la concesión de las ayudas, con posibilidad de prórroga. Sin embargo, se establece como plazo máximo el 30 de septiembre de 2029 para haber finalizado las actuaciones.

En resumen, la nueva Convocatoria de subvenciones para el almacenamiento representa un impulso clave para el desarrollo de esta tecnología y una declaración de intenciones por parte de las autoridades públicas, sin perjuicio de que la adaptación del marco regulatorio continúe siendo necesaria para impulsar y facilitar la viabilidad de este tipo de instalaciones.

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