Metaverso y seguro

En Ready Player One (novela publicada por Ernest Cline en el ya lejano 2011) una buena parte de la población vive en una realidad paralela, Oasis, para muchos más tangible e importante que el mundo real y donde se desarrolla la mayor parte de sus vidas. Si hoy en día nuestros cerebros pueden trasladarse ya mediante dispositivos RV a esa realidad virtual, que imitará en gran medida al mundo real, nos encontraremos con nuevos riesgos asegurables y otros que, aunque con matices, pueden ser muy similares a los que ya conocemos.

En ese universo virtual se creará un mundo de servicios, entre ellos financieros, aunque a día de hoy está en unas fases iniciales de desarrollo (por ejemplo, la tecnología actual no permite la inmersión en el Metaverso mediante un teléfono móvil).

¿Son asegurables los riesgos en el Metaverso? Creo que no cabe ninguna duda de ello. De hecho, se ha llegado a decir que el Metaverso es la nueva frontera de la industria aseguradora y ya tenemos ejemplos tangibles de activos digitales que pueden alcanzar un gran valor y que podrían ser objeto de comercialización en el Metaverso, como son los NFTs (Non-Fungible Tokens). El aseguramiento de estos activos reúne los elementos fundamentales de cualquier seguro: la existencia de un interés asegurable, el riesgo y la eventualidad de que se produzca el daño como consecuencia de la actualización del riesgo cubierto (esto es, la ocurrencia de un siniestro).

La posibilidad de asegurar riesgos en el Metaverso es indiscutible. En el Metaverso podrán asegurarse, por ejemplo, daños a inmuebles virtuales, robo de activos digitales, cancelaciones de eventos como conciertos virtuales, robos de criptomonedas, e incluso los muy habituales accidentes domésticos motivados por experiencias demasiado inmersivas con los equipos de realidad virtual.

Con estos seguros se pueden proteger datos personales o activos digitales, las aseguradoras podrán ofrecer sus coberturas aseguradoras en ese mundo virtual, directamente o a través de mediadores, y las primas se podrán pagar con moneda oficial o con criptomonedas (parece difícil pensar que las aseguradoras que operen en el Metaverso no aceptarán criptomonedas como medio de pago de la prima más pronto que tarde). Para ello será preciso familiarizarse con esta nueva realidad y con los riesgos que podrían ser asegurables y que no son propiamente conocidos en este momento.

La pérdida o el robo de activos digitales o de datos, tanto propios como de terceros (con lo que se activarían pólizas de RC), las interrupciones de servicio de los operadores en el Metaverso, etc. podrían ser algunos de esos riesgos. Pero no solo basta con conocerlos, sino que se suscitan muchas dudas adicionales, como la acreditación de los daños sufridos por activos intangibles, la fijación de primas adecuadas para riesgos en gran parte desconocidos o la resolución de disputas en un mundo sin fronteras como el digital, que genera serias dudas sobre la competencia judicial internacional, lo que probablemente permitirá el desarrollo de los mecanismos alternativos de disputas (ARTs), al menos cuando el seguro se contrate entre grandes empresas. Pero ¿qué sucederá con las discusiones de cobertura entre consumidores y aseguradores? ¿Si el consumidor es español se aplicará la Ley de Contrato de Seguro como si nos encontrásemos ante una póliza contratada en España, aunque haya sido suscrita en este mundo paralelo sin fronteras?

Desde luego, el Metaverso tiene un gran potencial para desarrollar nuevos productos y servicios y puede tener un impacto relevante en el sector asegurador, aunque en última instancia ello dependerá que cómo incorporemos los asegurados el Metaverso a nuestra vida diaria y si decidimos vivir o no en Oasis.

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