La Audiencia Nacional concluye que los consejeros o miembros de los órganos de gobierno de las empresas pueden disfrutar de la exención por trabajar en el extranjero

La Audiencia Nacional dictó el pasado 19 de febrero una sentencia en la que concluyó que los consejeros o miembros de los órganos de gobierno de las empresas pueden disfrutar de la exención por trabajar en el extranjero prevista en la Ley del IRPF.

El Español ha publicado en su web financiera, Invertia, una tribuna de opinión de Montserrat Turrado, Socia de Fiscal de Bird & Bird, sobre esta cuestión.

"Creemos que la Audiencia Nacional ha desmontado un criterio administrativo restrictivo en la aplicación de la exención contemplada en el art. 7º p) de la LIRPF que no estaba amparado ni en la dicción literal del referido precepto normativo ni en la interpretación sistemática de la normativa del IRPF en su conjunto", recalca nuestra socia.

Puedes leerlo en Invertia


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