La Orden ECE/228/2019, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación (la "Orden") fue publicada el 28 de febrero en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta Orden desarrolla diversas cuestiones reguladas en el Real Decreto-ley 19/2017, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de pago y comparabilidad de comisiones (el "Real Decreto-ley"), que transpuso en España el contenido de la Directiva 2014/92, de cuentas de pago (la "Directiva").
El Real Decreto-ley establece la obligación para todas las entidades de crédito autorizadas en España que ofrezcan cuentas de pago, de ofrecer "cuentas de pago básicas" a todos los residentes legales en la UE, incluidos los que no tengan domicilio fijo, los solicitantes de asilo, e incluso los consumidores que no dispongan de un permiso de residencia, siempre y cuando los mismos no sean titulares en España de una cuenta en un proveedores de servicios de pago ("PSP") que le permita realizar los servicios de una cuenta de pago básica. Una cuenta de pago básica incluye, como mínimo, los siguiente servicios de pago: depósitos en cuenta, retirada de efectivo, domiciliaciones, transferencias y pagos con tarjeta de débito o prepago.
Además de las cuentas de pago básicas, el Real Decreto-ley regula la "portabilidad" de las cuentas de pago que incluye, además de la cuenta, la portabilidad de las órdenes permanentes de transferencia, los adeudos domiciliados periódicos y las transferencias entrantes periódicas que se ejecuten en una cuenta de pago. En este sentido, garantiza el traslado "eficaz y ágil", a petición del cliente, de sus cuentas de pago, con o sin cierre de la antigua cuenta, a otros PSP en España.
Por último, el Real Decreto-ley establece que el Banco de España dispondrá de un sitio web, de acceso gratuito, que permita comparar las comisiones que aplican los PSP. Para que otros operadores puedan prestar un servicio similar en España, el Real Decreto-ley regula una serie de requisitos que garantizan su independencia y la precisión y claridad de la información proporcionada.
Este Real Decreto-ley requería la aprobación de una orden ministerial para conseguir una completa operatividad del sistema diseñado en esta norma. De esta forma, y con la publicación de la Orden, se completa la transposición de la Directiva en España, aunque con más de dos años de retraso con respecto al plazo de transposición previsto en la Directiva, que finalizó el pasado 18 de septiembre de 2016.
Las principales novedades de la Orden son:
De acuerdo con lo previsto en la Orden, la misma entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, es decir, el próximo día 25 de marzo.