El pasado 5 de febrero de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el acuerdo adoptado el 1 de febrero de 2018 por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, en virtud del cual se acordó suspender la concesión de licencias de construcción y ejecución de actividades (excepto licencias de primera ocupación y funcionamiento) para:
Cabría entender, asimismo, que quedan fuera del alcance de dicha suspensión los edificios no residenciales que, aunque estén ubicados en los barrios señalados en los puntos 1 y 2 anteriores, tengan reconocido otro uso, como por ejemplo el terciario, pues según el texto del anuncio la suspensión solamente afectaría a aquellos edificios residenciales en los que se pretenda implantar un uso de hospedaje en las modalidades arriba indicadas.
Esta suspensión trae causa de que el Ayuntamiento de Madrid ha ordenado el inicio de los trabajos para la elaboración de un Plan Especial destinado a actualizar la regulación urbanística de la implantación de establecimientos hoteleros, albergues, hostels, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico cuando conviven con otros usos como el residencial o industrial en un mismo edificio. La suspensión tendrá la duración de un año a contar desde su publicación el 5 de febrero, prorrogable por otro año más si se hubiese sometido a información pública el citado instrumento de planeamiento dentro de aquel primer año.